martes, 2 de mayo de 2017

Información Exógena Año Gravable 2016

Los reportes de información exógena correspondientes al año gravable 2016 deben elaborarse conforme a las disposiciones contenidas en la Resolución 000112 de octubre 29 de 2015 (según lo estipulado en el artículo 631 del ET, la normatividad que establece los requerimientos para la presentación de dicha información se debe expedir dos meses antes de iniciar el año gravable objeto de reporte). 

Sin embargo, es necesario recordar que dicha resolución fue modificada  por las resoluciones 000084 de diciembre 30 de 2016000016 de marzo 15 de 2017 y 000022 de abril 10 de 2017, lo anterior, con el propósito de incorporar las novedades que se incluyeron en la información exógena para el año gravable 2017 solicitada mediante la Resolución 000068 de octubre 28 de 2016.